La desvinculación laboral es el último proceso de etapas dentro de una empresa. Este proceso se trata de despedir o finalizar el contrato, ya sea de una o más personas que cumplen alguna labor dentro de una organización.
La decisión determina la relación laboral entre la empresa y el empleado pueden ser diferentes. Alguna de ellas pueden ser las disciplinas, razones económicas, personales y varias más.
La desvinculación puede ser por renuncia voluntaria o despido indirecto.
La renuncia voluntaria:
Requisitos de Renuncia:
- Debe constar por escrito.
- Debe ser firmada por el trabajado y por el presidente del sindicato o el delegado del personal o sindical.
- El trabajador deberá ratificar su firma ante un ministro de fe: inspector del trabajo, notario, oficial del Registro Civil o secretario municipal.
Sin estos requisitos, la renuncia no podrá invocarse por el empleador en juicio ni ser considerada por el tribunal.
El despido Indirecto:
También es por desición del trabajador. Sin embargo, la situación aquí es muy diferente, porque el trabajador se ha visto forzado a poner término a su contrato de trabajo por culpa de su empleador.
Las causales de autodespido son las siguientes:
- Las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas, consistentes en:
- Falta de integridad en el desempeño de sus funciones.
- Conductas de acoso sexual.
- Vías de hecho ejercidas por empleador al trabajador.
- Injurias exclamadas por el empleador al trabajador.
- Conducta inmoral del empleador.
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores o a la salud de éstos.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo.
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